Contrastes culturales: Venezuela y México

Realizado por: Lewis Durand. 

 

La selección de las siguientes noticias se realizó con la intención de comparar el comportamiento de ambos países en un tema tan delicado como el racismo.

En el caso venezolano pocas veces nos ponemos a pensar en nuestras actitudes frente a estos temas, pues lo vemos como algo “normal” y “tendemos a no pensar en nuestra propia cultura, ya que es considerable la parte de nosotros mismos que participa en ella” (Ember, Melvin, & Peregrine, 2004).

Por ello se muestra la comparación a continuación, porque una vez que somos conscientes de que tenemos diferencias entre creencias y hábitos con otra sociedades, también podemos observar lo mucho que compartimos en ideas y costumbres (Ember, Melvin, & Peregrine, 2004). Lo que nos lleva a decir que si hay patrones que se repiten en nuestra sociedad y en otras, estaríamos hablando de cultura, lo que en palabras de Ralph Linton (1945) se define como “al estilo completo de vida de una sociedad, y no simplemente a aquellas partes de ésta a las que esa sociedad considera como más elevadas o deseables. (…) Cada sociedad tiene una cultura, no importa cómo de simple pueda ser esa cultura, y cada ser humano es cultural, en el sentido que participa en una u otra cultura”, es decir, a pesar de que el racismo es un tema que se repiten ambas naciones, los individuos que forman parte de ellas actúan y piensan de maneras diferentes, de acuerdo a la enseñanzas culturales que han recibido a lo largo de sus vidas, ya que la cultura se aprende.

México

Para Giner (2001) los valores “son concepciones anheladas de la realidad. Entrañan juicios de deseabilidad o de aceptabilidad, o de rechazo que se atribuyen a todo tipo de suerte, objetivos, ideas y hechos” y en el caso mexicano en la noticia se pues señalar que en esa sociedad se busca combatir el racismo respetando los derechos humanos de las personas: “derecho a la vida, a la educación, a la identidad cultural y ética, al origen, lengua y color”, aunque esto en un plano de la realidad no se cumpla dado que el 23.3% de la población no estaría dispuesta a que en su casa viviera una persona de otra raza.

La constitución mexicana, como según lo señala el artículo, el derecho a la vida sin discriminación está consagrado en el artículo primero de la constitución, lo cual lo convertiría en una norma ya que “las leyes son sanciones formales elaboradas por los gobiernos para que sirvan de principios que los ciudadanos deben respetar, y se utilizan contar aquellos que no se ajustan a ellas”(Gelles & Levine, 2001) y en este caso, aunque esta norma estáplasmada en la constitución “la importancia de una norma se juzga generalmente por la forma en la que los miembros de una sociedad responden cuando esta es transgredida” (Gelles & Levine, 2001)

El rompimiento de esta norma se ve reflejado cuando en la nota se lee que “no hay espacio que ocupen los indígenas para decir qué es lo que se quiere, que es lo que se necesita, qué es lo que se mira” o “la discriminación racial que viven no solo provienen de las personas sino también de las instituciones que los ignora, que no escuchan sus propuestas (…)”

Este tipo de violación a la norma trae consigo la desviación que se define como “la falta de conformidad con una serie de normas dadas, que sí son aceptadas por un número significativo de personas de una comunidad o sociedad” (Gelles & Levine, 2001), y en este caso, 23.3% de los mexicanos no están dispuestos a que en su casa viva una personas de otra raza, aunque muchos se consideran “morenos”.

En este caso, a pesar de que parte de la población tienen discriminación racial, e incluso hasta la propias instituciones, sus conductas no son señaladas como delitos, por lo que se puede considerar como una desviación secreta, lo que en palabras de (Becker, 1971) se define como “en esta se cometen actos incorrectos, pero nadie se da cuenta ni reacciona ante los mismos como una violación de la regla”, lo que en la cultura mexicana se ve plasmada, pues muchos no estarían dispuesta a convivir con personas de otras razas (lo que conlleva a la discriminación racial), aunque la constitución indique lo contrario, pero no todos perciben su conducta como trasgresora, ni siquiera las instituciones que, en teoría, deberían hacer cumplir las normas.

Venezuela

Para Giner (2001) los valores “son concepciones anheladas de la realidad. Entrañan juicios de deseabilidad o de aceptabilidad, o de rechazo que se atribuyen a todo tipo de suerte, objetivos, ideas y hechos”, en el caso de la sociedad venezolana se busca como valor la igualdad de condiciones para todo tipo de personas, sin ningún tipo de discriminación racial, aunque esto no se ha logrado, pues según el artículo, en nuestro entorno se valora “las mujeres de tez blanca, con cabello alisado, ojos claros y rasgos europeos”, lo que no significa necesariamente que así sea la mayoría de la población, factor que se ve en los concursos de belleza, como el miss Venezuela “que no llega a representar ni el 15% de las concursantes”, pues en la encuesta realizada en el 2013, Venezuela resultó ser el país más racista del continente americano.

La nota señala que la discriminación viene desde el siglo XVIII, lo que se ha mantenido hasta ahora, para la época la norma en la sociedad era “la mejora de la raza”, es decir “que una persona afrovenezolana se case con una blanca”.

Es importante acotar que las normas “Pueden estar formalmente promulgadas como leyes (…) En otros casos representan acuerdo informales, recientemente alcanzados o, por el contrario, sancionados por los años y la tradición” (Becker, 1971), lo cual se puede ver reflejado en al artículo 13 de la Ley Orgánica contra la Discriminación Racial:

“El Estado garantiza a toda persona o grupo de personas el derecho a la participación política, económica, social y cultural, en todos los asuntos públicos sin discriminación racial, promoviendo el respeto a la dignidad humana, la diversidad cultural, multietnicidad y la pluriculturalidad de la población que constituyen la venezolanidad”

Aunque al ser una norma y el no cumplimiento de ella debería llevar a una sanción, el nuestra sociedad la discriminación racial no se percibe como tal: “la reacción normal de un venezolano o venezolana al leer o escuchar una aseveración como esa es negarlo”.

En este ámbito se puede hablar sobre la desviación, una consecuencia de las respuestas de los otros a los actos de una persona,. En el artículo se puede reconocer una desviación del tipo “acusación falsa”: una persona es acusada por los demás de haber cometido un acto incorrecto, aunque en la realidad no ha sido así (Becker, 1971).

Esto se muestra en el artículo en el caso de Víctor Petit, a quien se le dificulta participar en casting, pues la norma en nuestra sociedad es buscar personas de tez blanca y él responde a todo lo contrario puesto que es afrodescendiente.

Este rechazo ha significado en él una baja autoestima, pues el color de su piel puede llegar a ser percibido como un “error”.

Comparación

En ambas sociedades se percibe un alto índice de discriminación racial, aunque entre ellas no se consideran como tal , lo que trae consigo una “normalización” de sus actos ante los ciudadanos que no cumplan con las características físicas que se esperan, y este comportamiento se puede decir que es una cultura aprendida que ha pasado de generación a generación, puesto que la cultura  se define como “el conjunto de conductas aprendidas, creencias, actitudes, valores e ideales que caracterizan a una sociedad o población” (Gelles & Levine, 2001).

Otra similitud que se encuentra es que tanto Venezuela como México estipulan en sus leyes el derecho a la participación en todos los ámbito s de cada individuo de la población, aunque en ambas no se cumpla en la realidad y muchos ciudadanos se sienten señalados o rechazados al poseer características físicas diferentes a las que se espera o se valora en dichos países.

Por el contrario parte, por el lado mexicano las propias instituciones han mostrado discriminación según lo relatado en el artículo, mostrando que no dan prioridades en puestos aquellos de descendencia indígena. Es notable destacar el hecho de que en México sus ciudadanos se describen como “morenos”, pero su rechazo va dirigida hacia los indígenas, mientras que por el otro lado, en Venezuela el rechazo va dirigido hace los afro descendientes, y aunque en ambas sus leyes no permite este comportamiento, las desviaciones son evidentes en sus comportamientos, pero para Becker (1971) “el que un acto sea desviado depende entonces de cómo reaccionan las otras personas frente al mismo”.

Trabajos citados

Becker, H. (1971). Los extraños. Sociología de la desviación. Tiempo Contemporáneo.

Ember, C., Melvin, E., & Peregrine, P. (2004). Antropología (Décma ed.). (S. Montero, & J. Sánchez Baides, Trads.) España: Pearson Prentice Hall.

Gelles, R., & Levine, A. (2001). Sociología. En R. Gelles, & A. Levine, Sociología (E. Cosío, Trad., Sexta ed., pág. 55). México: McGrall.

Giner, S. (2000). Sociología. En S. Giner, Sociología (págs. 77-78). Barcelona, España: Península.

Linton, R. (1945). Cultura y personalidad. México: FCE.

venezuela http://800noticias.com/discriminacion-racial-en-venezuela-merece-un-adios-definitivo

 

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